El derecho a la desconexión digital debe incluirse en la ley de prevención de riesgos laborales

El derecho a la desconexión digital debe incluirse en la ley de prevención de riesgos laborales

En el marco de la Semana Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, ha tenido lugar en el día de hoy, la jornada técnica ‘La prevención clave en la industria 5.0’, en la que ha participado José de las Morenas como coordinador de la Secretaria de Salud Laboral de UGT y que ha sido organizada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) y la Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (RESST) en colaboración con la Agencia Europea de Seguridad y salud en el trabajo.
Los ejes centrales de la jornada fueron el teletrabajo y el derecho a la desconexión digital, la transición a la era digital y la influencia de la digitalización en la salud mental de las personas trabajadoras.

Durante su intervención y respecto al teletrabajo, José de las Morenas apuntó que “cada vez hay más convenios colectivos en los que se regula el trabajo a distancia, en 2023 se firmaron 181 nuevos convenios colectivos que incluyen cláusulas relativas al teletrabajo, son un 20% más que 2022”. En este sentido, añadió que “el teletrabajo y el respeto del derecho a la desconexión digital van de la mano, aunque no debemos olvidar que aquellas personas que no teletrabajan también tienen ese derecho y debe ser respetado”.  

La imposibilidad de desconectar genera una falta de recuperación física y mental, la prolongación de la jornada laboral; se aumenta la carga de trabajo; se favorecen las interrupciones; crecen las tareas que inicialmente no estaban previstas y se genera una necesidad de urgencia en la respuesta, lo que puede derivar en problemas de salud para las personas trabajadoras.

Desde UGT, alertamos sobre que la hiperconectividad, o la posibilidad de estar conectados 24 horas al día, los siete días de la semana, puede llegar a dificultar la conciliación de la vida familiar, al desaparecer prácticamente los límites entre la vida laboral y privada.

El derecho a la desconexión digital viene recogido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en la Ley de Trabajo a Distancia. Sin embargo, desde UGT venimos reclamando en la Mesa de Diálogo Social que se encuentra actualmente abierta que este derecho se incluya también en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Por otro lado, como así se recoge en el Informe: Salud Mental y Trabajo 2024 elaborado por el sindicato, cabe destacar que la monitorización constante, la intensificación del trabajo derivada de las decisiones tomadas por máquinas, la reducción de la autonomía de la persona trabajadora, así como los errores de funcionamiento de la tecnología acaban provocando serios problemas de salud física y mental en las trabajadoras y trabajadores.

Desde el sindicato venimos advirtiendo que con los algoritmos corremos riesgo de que las personas trabajadoras sean tratadas como meros activos al servicio de las máquinas y no como seres humanos. Por eso, desde la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores exigimos que se adopten fórmulas para asegurar que la introducción de las nuevas tecnologías no dañe la salud de las personas trabajadoras. Además, los representantes de las personas trabajadoras deben ser consultados a la hora de diseñar estos algoritmos para evitar sesgos y futuros problemas.

Como conclusión, desde UGT incidimos en la necesidad de que las empresas cumplan la legislación en materia de prevención de riesgos laborales, evalúen los riesgos para la seguridad y salud derivados de la utilización de las nuevas tecnologías, especialmente los riesgos psicosociales y los ergonómicos, para eliminar o reducir aquellos impactos negativos que pueden desencadenar en daños para la salud de las personas trabajadoras.

 

FUENTE: UGT | El derecho a la desconexión digital debe incluirse en la ley de prevención de riesgos laborales

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